Farmacom en l’Associació d’Apotecaris de la Marina Alta

El pasado jueves desde Farmacom tuvimos la oportunidad de presentar de forma grupal nuestra plataforma de creación de farmacias online y quizás lo más importante la 5 edición del programa de formación para farmacéuticos en el mundo del uso de las nuevas tecnologías. Y es que si es cada vez más importante tener una correcta presencia en Internet, es mucho más importante el saber cómo hacerlo. Desde nuestra experiencia, lo asimilamos al proceso tan común de la conducción, y es que antes de comprar un coche, todos aprendemos a conducir.

Salir a estar o vender en el mundo online, por supuesto, no tiene el mismo riesgo que salir a la carretera sin saber conducir, pero como es parte del negocio al final sí que nos puede resultar un serio perjuicio tanto económico como del tiempo empleado sin obtener los resultados deseados.

Al final de la sesión, se realizó una agradable velada donde se intercambiaron opiniones, dudas, etc.. A las que esperamos haber dado suficiente respuesta. Y por si no fué suficiente, los emplazamos a asistir a cualquiera de las nuevas jornadas que iremos realizado progresivamente.

En breve, comunicaremos cuando se realizará una nueva presentación, y mientras tanto, si quieres más información o realizar alguna consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros a tufarmacia@farmacom.es

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Farmacias Online. Desde el 1 de julio se podrá solicitar la acreditación para la venta online de OTCs

La Aemps y las CCAA terminan de perfilar la aplicación y las guías para las farmacias, y esperan que los listados comiencen a poblarse de farmacias online en los primeros 15 días de julio.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha informado a CF que la aplicación informática para que las farmacias soliciten la acreditación para la venta de medicamentos sin receta a través de internet debería estar ya accesible este miércoles 1 julio a través de su portal y el de las comunidades autónomas, y espera que los listados de boticas acreditadas “comiencen a poblarse durante los primeros 15 días del mes”.

Una vez habilitada, las farmacias podrán enviar a las comunidades autónomas sus comunicaciones, las cuales, como establece el artículo 4 del Real Decreto 870/2013 de 9 de noviembre, deberán realizarse 15 días antes del inicio de la actividad y contener los datos identificativos del farmacéutico y de la botica, la fecha de comienzo de actividad, la dirección del sitio web y la información necesaria para identificarlo, así como la relativa al procedimiento de envío de los medicamentos.
Las comunidades, tras la revisión de la información aportada, aceptarán, si procede, el desarrollo de la actividad y le proporcionarán a la botica el logotipo europeo para que figure en su web. Además, la botica en cuestión aparecería en un listado junto al resto de acreditadas. “Los usuarios que compren a través de internet podrán verificar que la farmacia está acreditada pulsando en el logotipo”, explican desde la agencia.

DIFICULTADES EN EL PROCESO
Según cuentan algunas regiones, el proceso habría enfrentado algunas complicaciones. La primera reunión habría tenido lugar el 10 de junio de 2015, fecha en la que la Aemps convocó de urgencia una audioconferencia para la revisión de las guías informativas remitidas a las autonomías y las farmacias y el documento de preguntas y respuestas elaborado por técnicos de la agencia. También se informó a las comunidades de la URL que les daría acceso a la aplicación.

“Ante las dudas surgidas sobre el contenido de las guías y las dificultades en el acceso a la herramienta informática se convocó una audioconferencia el 17 de junio y quedó pendiente otra para el 25 de junio”, explican desde Baleares. Otras como Extremadura, Andalucía, Comunidad Valenciana, La Rioja o Castilla-La Mancha confirmaban a CF que, al cierre de esta edición, seguían con  las últimas pruebas.

Entre los temas pendientes estaba también el desarrollo del material publicitario, que, como indican desde Andalucía, va a ir “de acuerdo con otros países de la Unión Europea, y se va a enviar a todas las comunidades autónomas con el fin de homogeneizarlo”.

LA FARMACIA SIGUE CON DUDAS
La agencia considera que el hecho de que todo se haga por vía telemática puede animar a las boticas. No obstante, el farmacéutico vasco Diego Sarasqueta dice que las incertidumbres técnicas son muchas. Una de ellas es si se va a obligar al farmacéutico a tener una web diferente a la que ya usa para la venta de parafarmacia, algo que la farmacéutica sevillana, Gema Herrería, da por hecho. Sarasqueta piensa que, en ese caso, lo mínimo sería permitir que la página nueva quede alojada en la anterior, para no perder posicionamiento.

Difusión de la información a los farmacéuticos

F.R./J.T. Una vez apuntaladas la aplicación y las guías para las farmacias, las comunidades autónotendrán que hacer un esfuerzo de difusión para que toda la información llegue al farmacéutico, lo cual puede retrasar los plazos que maneja la Aemps para que los listados comiencen a llenarse. Extremadura, concretamente, ha confirmado a CF que mantendrá una reunión con los colegios para hacer esa difusión.

Según ha podido saber este periódico, dicha reunión podría producirse el jueves o el viernes de esta semana, días 2 o 3 de julio, una vez que se haya producido la última audioconferencia entre la Aemps y las comunidades autónomas para dar los últimos retoques a la aplicación y las guías.

El presidente del COF de Badajoz, Cecilio Venegas, defiende, en este sentido, “el valor de los colegios oficiales de farmacéuticos a la hora de hacer esa difusión, de modo que puedan resolver las dudas y las dificultades que le puedan surgir a los colegiados”. Un ejemplo de la eficacia de la intervención de las organizaciones colegiales, dice, está en la comunicación de los estupefacientes, en la que se ha implicado de lleno el COF pacense.

Más allá de eso, Venegas considera, antes de haber tenido acceso a la información definitiva, que sería deseable que el sistema para la acreditación de las farmacias que quieran vender OTC a través de internet debería ajustarse a un criterio de igualdad de oportunidades para todas las farmacias, sin que se den situaciones de discriminación.

Fuente: Franciso Rosa | correofarmaceutico.com

Farmacias con venta de OTCs Online ¿Qué debo saber?

Antes de final de este mes de junio de 2015, los farmacéuticos podrán comenzar a vender medicamentos sin receta a través de Internet, tal como aseguró, durante el último encuentro anual de la patronal europea de autocuidado Aesgp, la jefa del departamento de Inspección y Control de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), Belén Escribano. A días de que se cumpla este plazo marcado, son varios los requisitos que deben asumir las farmacias para poder lanzarse a la venta de OTCs a través de la red:

Así, tal como asegura Isabel Marín abogada experta en nuevas tecnologías y redes sociales y autora del blog Farmacia y Derecho, la oficina de farmacia deberá asegurarse que el domino está registrado a su nombre y, en caso contrario, deberá hacer los cambios de titularidad antes de comenzar a vender. Además, explica, será necesario tener una web sólo para medicamentos, separada de la web de parafarmacia, con URLs y dominios diferentes. Como indica Marín, «no vale cualquier web», pues deberá asegurar unos requisitos técnicos mínimos, como que sea accesible para personas con discapacidad.

La protección de datos también es un aspecto clave. «La farmacia debe ser consciente de los datos que tratará, que son de protección alta, y por tanto habrán de estar encriptados», puntualiza. También que están sujetos a la Ley de Protección de Datos, por lo que deberá hacer las altas y modificaciones pertinentes en la Agencia Española de Protección de Datos, así como cumplir con los requisitos de consentimiento expreso.

En este sentido, apunta, es necesario «tener contrato con un servidor que asegure el cumplimiento de la norma, pero también con quien le haga la web para asegurar todos los requisitos legales a efectos de posibles responsabilidades».

A todos estos requisitos se unen los ya recogidos en el Real Decreto de venta online. En este se especifica que la web debe disponer de los datos de contacto de la autoridad sanitaria competente y al sitio web de las autoridades competentes de la comunidad autónoma donde esté establecida la farmacia, así como a la de la Aemps.

Así, deberá incluir el logotipo común publicado hace casi un año por la Comisión Europea que deberá estar claramente visible en cada una de las páginas del sitio web relacionadas con la oferta al público de medicamentos por venta a distancia.

Además, el real decreto asegura que la web debe recoger los datos relativos al régimen de autorización administrativa de la oficina de farmacia, incluyendo su código oficial o número de autorización y el número de identificación fiscal que le corresponda, así como el nombre del titular o titulares de la misma, los datos del colegio profesional al que pertenezcan, los números de colegiado y la dirección física, el correo electrónico y cualquier otro dato de contacto directo de la oficina de farmacia. También debe indicar información sobre vacaciones o periodos de cierre en los que no estará disponible el servicio.

La normativa requiere informar sobre el tiempo estimado para la entrega de los medicamentos solicitados, así como los precios que se oferten, con indicación de si incluyen o no los impuestos aplicables, así como información sobre el precio del servicio de envío.

Por otro lado, se solicita un enlace al centro de información de medicamentos, CIMA, del sitio web de la Aemps e indicar los códigos de conducta a los que esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.

Fuera de lo establecido por el real decreto en sí, Marín recuerda que la farmacia deberá gestionar el logo de la web antes de vender online aunque aquí, señala, «se desconoce el procedimiento requerido para el mismo».

Por otro lado, la farmacia deberá comunicar el inicio de actividad a la consejería de Sanidad de su comunidad al menos 15 días antes de la fecha en que pretenda hacerlo. En ese escrito deberá dejar constancia del nombre y apellidos del farmacéutico titular o el regente, dirección de la farmacia desde la que se dispensarán los fármacos, la fecha de comienzo de la actividad de oferta al público, la dirección web e información sobre los procedimientos de envío.

Otro de los datos a tener en cuenta es que la dispensación online deberá realizarse por un farmacéutico y que la botica deberá entregar la información necesaria para que el usuario pueda utilizar el servicio de seguimiento farmacoterapéutico, si bien no está definido el contenido.

Tal y como apunta la jurista, la botica deberá mantener un registro de las ventas realizadas online durante dos años y deberá estudiar bien cómo hacer los envíos y los plazos, para lo que debe evaluar la política de devoluciones legal, señala. En este sentido, tendrá que firmar contratos específicos con las empresas de transporte.

En el caso de que se venda a otro país Europeo, debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma nacional así como los exigibles en el país de destino, tanto respecto a los medicamentos, incluyendo etiquetado, prospecto y clasificación, como a las condiciones de su dispensación.

Por último, recordar que no se puede promocionar la web de venta de OTCs, ni en redes sociales, ni a través de campañas de Google, Facebook o Twitter, ni en ningún otro soporte, de momento.

 

Fuente: Global.net | Isabel Marín, abogada y autora del blog Farmacia y Derecho.

Las farmacias online valencianas usarán el logo de la Unión Europea

ANUNCIADO EN CONSEJO DE GOBIERNO 19 de Junio de 2015
Las farmacias valencianas con venta ‘on-line’ usarán el logo de la UE
El Gobierno en funciones autoriza el acuerdo entre la Aemps y la Generalitat Valenciana.
Las farmacias valencianas que vendan on-line usarán el logotipo oficial europeo para llevar a cabo esta labor, tras la decisión adoptada este viernes día 19 de junio de 2015, en el pleno del Consell en funciones. El Gobierno valenciano ha autorizado la firma de un acuerdo de colaboración entre la Agencia Española de Medicamentos (Aemps) y la Generalitat, cuyo objetivo consiste en sublicenciar a favor de ésta última el ejercicio de derechos sobre el logotipo de farmacias online de la Unión Europea (UE).Así lo ha anunciado este viernes la portavoz del Consell en funciones, María José Català, en la rueda de prensa posterior al pleno del Gobierno valenciano. Este acuerdo, que no comporta gastos para la administración autonómica valenciana, producirá efectos desde el día siguiente al de su firma y tendrá una duración de cuatro años.En España sólo pueden vender medicamentos a distancia las farmacias autorizadas por las comunidades autónomas que hayan comunicado dicha actividad y que hayan sido inscritas en un registro creado a tal efecto, ha indicado la Generalitat.En 2001, la Unión Europea publicó una directiva que regula la creación de un logotipo común y reconocible en todo su ámbito territorial para permitir a los usuarios comprobar si está comprando medicamentos online en una página web legal e identificar  al estado miembro en el que está ubicado el suministrador online de medicamentos al público. Por lo tanto, todo establecimiento de la UE que venda a distancia medicamentos debe incluir dicho logotipo en su web.
Acuerdo de marzo de 2015; En marzo de 2015 se suscribió un acuerdo de licencia de logotipo de farmacias online entre la Unión Europea y la Aemps. Este acuerdo permite a la agencia sublicenciar el ejercicio de los derechos sobre el logo a favor de terceros.Mediante el acuerdo anunciado por el Consell se autoriza a la Generalitat a derechos sobre el logotipo de la UE como uso, impresión, reproducción y almacenamiento; publicación, distribución de copias, emisión, difusión, transmisión o bien comunicación al público mediante servicios de telecomunicaciones, servicios de información de prensa, mensajes y servicios de noticias electrónicas, publicaciones electrónicas y no electrónicas.
Fuente: Redacción Médica